Ahorrar con la vista puesta en la nueva fiscalidad

Fuente: CINCO DIAS 16021014
La inversión ha estado sometida en los últimos años a una auténtica montaña rusa, no solo por la intensidad de los vaivenes de los mercados, sino por los frecuentes cambios en la fiscalidad. A la hora de planificar el ahorro y de elegir un producto de inversión, la elección de la fórmula adecuada no pasa solo por las expectativas de rentabilidad y el cálculo de los riesgos que se pueden asumir, sino también por la estimación del impacto fiscal que habrá que descontar sobre las ganancias.
La primera subida de impuestos para el ahorro entró en vigor en el ejercicio de 2010, cuando el entonces Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero eliminó el tipo único del 18% para las plusvalías y lo elevó al 19% para los primeros 6.000 euros y al 21% para lo que excediera de esa cuantía. En 2012, ya con el Gobierno de Mariano Rajoy, vino un nuevo cambio, por el que se establecieron tres tramos con carácter general para las ganancias patrimoniales y los rendimientos del capital: un gravamen del 21% para los primeros 6.000 euros; del 25% hasta los 18.000 siguientes, y del 27% para lo que excediera de 24.000 euros.
Y en 2013 se estableció una nueva vuelta de tuerca, por la que se fijó una fiscalidad distinta en función del tiempo en que se hubiera generado la plusvalía. Si se obtuvo a más de un año se aplica el baremo entre el 21% y el 27%, según la cuantía, pero si se obtuvo en menos de un año, el gravamen es el marginal del contribuyente, que también sufrió fuertes aumentos, hasta alcanzar el 52% máximo en Madrid o el 56% en Cataluña.
El Gobierno prepara ahora una reforma integral del IRPF, que anunciará en las próximas semanas, que sin duda incidirá en la fiscalidad del ahorro y en la que habrá que ver en qué medida la tesis del incentivo fiscal al consumo en una economía en débil recuperación convivirá con el incentivo fiscal al ahorro.
El objetivo es recuperar en el máximo grado posible la situación previa a 2012, ya que de hecho esos cambios se plantearon como una modificación transitoria que debería haber durado dos ejercicios. La incertidumbre sobre cuáles serán los próximos cambios es grande y la prudencia aconseja no tomar decisiones de inversión o venta hasta conocer las novedades.


Planes de pensiones. Su beneficio fiscal es el gran reclamo de un producto a largo plazo, que solo permite los reembolsos previos a la jubilación en casos extremos de minusvalía o desempleo. Las aportaciones a planes de pensiones permiten la deducción directa en la base imponible de la declaración de la renta, aunque con determinados límites: 10.000 euros anuales o el 30% de los rendimientos del trabajo o actividades económicas para los menores de 50 años o 12.500 euros anuales o el 50% de los rendimientos citados a partir de esa edad.
Este incentivo es especialmente atractivo en los partícipes de mayores rentas, ya que aquel que deba aplicarse en su IRPF un tipo marginal máximo del 56% también disfrutará de un ahorro en igual proporción. Sin embargo, la fiscalidad de las prestaciones pierde atractivo, ya que no tributan como el resto de productos de ahorro –con un gravamen que va del 21% al 27%– sino al tipo marginal del partícipe. La equiparación del tratamiento fiscal de los planes de pensiones al resto de productos de ahorro e inversión es una vieja reivindicación del sector, que ve en la reforma del IRPF que ahora cocina el Gobierno la oportunidad para ese cambio. Sin embargo, no hay compromiso más allá del deseo manifestado por la administración de incentivar el producto, con modificaciones que por el momento apuntan a establecer comisiones más bajas y a dar más liquidez.
Una de las opciones sobre la mesa, según las sugerencias lanzadas por el comité de sabios que eligió Hacienda para diseñar la reforma fiscal, contempla la creación de una cuenta única de ahorro previsión, en la que permitir los traspasos entre distintos productos sin peaje fiscal. Una idea que, por otra parte, resultaría rompedora para el sector, ya que pondría a competir a unos productos con otros y tendría serias dificultades técnicas para su puesta en marcha.
Y más allá de la fiscalidad, el ahorrador no debe olvidar que en una apuesta a largo plazo como es la de los planes de pensiones, resultan clave las comisiones y la rentabilidad lograda por el producto. Echando la vista atrás, el plan de pensiones más rentable es el Citiplan II, de renta variable, con una rentabilidad anual durante los últimos 20 años del 6,79%.

Fondos de inversión. Hacen valer su atractivo fiscal en los momentos de mayor convulsión en los mercados. La inversión en fondos permite al partícipe realizar traspasos de un producto a otro sin tributar y dejar el momento de rendir cuentas con Hacienda para el momento del reembolso. Así, en un entorno de extrema volatilidad, el inversor bien puede trasladar su ahorro desde un fondo de Bolsa a uno garantizado, si fuera el caso, sin tributar por las plusvalías acumuladas hasta entonces.
Las ganancias patrimoniales de los fondos de inversión tributan a un gravamen de entre el 21% y el 27%, en este último caso cuando la plusvalía excede de los 24.000 euros. Si el objetivo de la reforma es devolver la fiscalidad del ahorro a los niveles previos a la subida que entró en vigor en 2012, todo apunta a que se reducirá el gravamen del 27% que ahora rige para las ganancias que exceden esos 24.000 euros. Sí es probable que se mantenga sin cambios el tratamiento fiscal diferente para las plusvalías en función de su antigüedad, con lo que se consolidaría el régimen que regía con anterioridad a 2007. Sería la fórmula con la que seguir penalizando a efectos fiscales la inversión bursátil más especulativa, propia de inversores institucionales y hedge funds, y de favorecer la inversión con criterios de mayor estabilidad y miras a largo plazo. Aun así, si se reducen los tramos del IRPF y hay por tanto rebajas en los tipos marginales máximos del contribuyente, también mejoraría el tratamiento fiscal para las ganancias obtenidas en menos de doce meses. Ahora pueden llegar a gravarse a un máximo del 56%.

Depósitos y deuda. Los tiempos de las grandes rentabilidades de los depósitos ya pasaron y los rendimientos más atractivos a duras penas superan el 2%. Los depósitos a corto, además de acusar en mayor medida la rebaja de remuneración que provoca la caída de tipos de interés y el cuidado de los bancos por mantener sus márgenes, afrontan también una fiscalidad más desfavorable, puesto que su ganancia –considerada como rendimiento del capital– se grava al marginal del contribuyente si es a menos de un año, al igual que sucede con la deuda. Pero el nuevo escenario para planificar el ahorro a efectos fiscales no terminará de definirse hasta las próximas semanas.



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