Fuente: CINCO DIAS 16021014
La inversión ha estado sometida en los
últimos años a una auténtica montaña rusa, no solo por la intensidad de los
vaivenes de los mercados, sino por los frecuentes cambios en la fiscalidad. A
la hora de planificar el ahorro y de elegir un producto de inversión, la
elección de la fórmula adecuada no pasa solo por las expectativas de
rentabilidad y el cálculo de los riesgos que se pueden asumir, sino también por la estimación del
impacto fiscal que habrá que descontar sobre las ganancias.
La primera subida de impuestos para el
ahorro entró en vigor en el ejercicio de 2010, cuando el entonces Gobierno de
José Luis Rodríguez Zapatero eliminó el tipo único del 18% para las plusvalías
y lo elevó al 19% para los primeros 6.000 euros y al 21% para lo que excediera
de esa cuantía. En 2012, ya con el Gobierno de Mariano Rajoy, vino un nuevo
cambio, por el que se establecieron
tres tramos con carácter general para las ganancias patrimoniales y los
rendimientos del capital: un gravamen del 21% para los primeros 6.000 euros;
del 25% hasta los 18.000 siguientes, y del 27% para lo que excediera de 24.000
euros.
Y en
2013 se estableció una nueva vuelta de tuerca, por la que se fijó una fiscalidad distinta en
función del tiempo en que se hubiera generado la plusvalía. Si se obtuvo a más
de un año se aplica el baremo entre el 21% y el 27%, según la cuantía, pero si se obtuvo en menos de un año, el gravamen es el marginal del
contribuyente, que también sufrió fuertes aumentos, hasta alcanzar el 52%
máximo en Madrid o el 56% en Cataluña.
El Gobierno prepara ahora una reforma
integral del IRPF, que anunciará en las próximas semanas, que sin duda incidirá
en la fiscalidad del ahorro y en la que habrá que ver en qué medida la tesis
del incentivo fiscal al consumo en una economía en débil recuperación convivirá
con el incentivo fiscal al ahorro.
El objetivo es recuperar en el máximo
grado posible la situación previa a 2012, ya que de hecho esos cambios se
plantearon como una modificación transitoria que debería haber durado dos
ejercicios. La incertidumbre sobre cuáles serán los próximos cambios es grande
y la prudencia aconseja no tomar decisiones de inversión o venta hasta conocer
las novedades.
Planes
de pensiones. Su beneficio fiscal es el gran reclamo de un producto a largo plazo, que
solo permite los reembolsos previos a la jubilación en casos extremos de
minusvalía o desempleo. Las aportaciones a planes de pensiones permiten la
deducción directa en la base imponible de la declaración de la renta, aunque
con determinados límites: 10.000 euros anuales o el 30% de los rendimientos
del trabajo o actividades económicas para los menores de 50 años o 12.500 euros
anuales o el 50% de los rendimientos citados a partir de esa edad.
Este incentivo es especialmente
atractivo en los partícipes de mayores rentas, ya que aquel que deba aplicarse
en su IRPF un tipo marginal máximo del 56% también disfrutará de un ahorro en
igual proporción. Sin
embargo, la fiscalidad de las prestaciones pierde atractivo, ya que no tributan
como el resto de productos de ahorro –con un gravamen que va del 21% al 27%–
sino al tipo marginal del partícipe. La equiparación del tratamiento fiscal
de los planes de pensiones al resto de productos de ahorro e inversión es una
vieja reivindicación del sector, que ve en la reforma del IRPF que ahora cocina
el Gobierno la oportunidad para ese cambio. Sin embargo, no hay compromiso más
allá del deseo manifestado por la administración de incentivar el producto, con
modificaciones que por el momento apuntan a establecer comisiones más bajas y a
dar más liquidez.
Una de las opciones sobre la mesa, según
las sugerencias lanzadas por el comité de sabios que eligió Hacienda para
diseñar la reforma fiscal, contempla la creación de una cuenta única de ahorro
previsión, en la que permitir los traspasos entre distintos productos sin peaje
fiscal. Una idea que, por otra parte, resultaría rompedora para el sector, ya
que pondría a competir a unos productos con otros y tendría serias dificultades
técnicas para su puesta en marcha.
Y más allá de la fiscalidad, el
ahorrador no debe olvidar que en una apuesta a largo plazo como es la de los
planes de pensiones, resultan clave las comisiones y la rentabilidad lograda por
el producto. Echando la vista atrás, el plan de pensiones más rentable es el
Citiplan II, de renta variable, con una rentabilidad anual durante los últimos
20 años del 6,79%.
Fondos
de inversión. Hacen valer su atractivo fiscal en los momentos de mayor convulsión en los
mercados. La inversión en fondos permite al partícipe realizar traspasos de un
producto a otro sin tributar y dejar el momento de rendir cuentas con Hacienda
para el momento del reembolso. Así, en un entorno de extrema volatilidad, el inversor
bien puede trasladar su ahorro desde un fondo de Bolsa a uno garantizado, si
fuera el caso, sin tributar por las plusvalías acumuladas hasta entonces.
Las ganancias patrimoniales de los fondos de inversión tributan a un
gravamen de entre el 21% y el 27%, en este último caso cuando la plusvalía
excede de los 24.000 euros. Si el objetivo de la reforma es
devolver la fiscalidad del ahorro a los niveles previos a la subida que entró
en vigor en 2012, todo apunta a que se reducirá el gravamen del 27% que ahora
rige para las ganancias que exceden esos 24.000 euros. Sí es probable que se
mantenga sin cambios el tratamiento fiscal diferente para las plusvalías en
función de su antigüedad, con lo que se consolidaría el régimen que regía con
anterioridad a 2007. Sería la fórmula con la que seguir penalizando a efectos
fiscales la inversión bursátil más especulativa, propia de inversores
institucionales y hedge funds, y de favorecer la
inversión con criterios de mayor estabilidad y miras a largo plazo. Aun así, si
se reducen los tramos del IRPF y hay por tanto rebajas en los tipos marginales
máximos del contribuyente, también mejoraría el tratamiento fiscal para las
ganancias obtenidas en menos de doce meses. Ahora pueden llegar a gravarse a un
máximo del 56%.
Depósitos
y deuda. Los tiempos de las grandes rentabilidades de los depósitos ya pasaron y
los rendimientos más atractivos a duras penas superan el 2%. Los depósitos a
corto, además de acusar en mayor medida la rebaja de remuneración que provoca
la caída de tipos de interés y el cuidado de los bancos por mantener sus
márgenes, afrontan también una fiscalidad más desfavorable, puesto que su
ganancia –considerada como rendimiento del capital– se grava al marginal del contribuyente si es a menos de un año,
al igual que sucede con la deuda. Pero el nuevo escenario para planificar el
ahorro a efectos fiscales no terminará de definirse hasta las próximas semanas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario